8 ago 2016

Mi Casa Ya para ahorradores

Cerca de 77 mil hogares podrán beneficiarse de programa Mi Casa Ya - Ahorradores, que lidera el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Hasta el momento más de 66 mil hogares se han beneficiado de este programa en el que se proyecta invertir cerca de $2,2 billones.


Los requisitos que deben cumplir los hogares que pretendan ser potenciales beneficiados del programa Mi Casa Ya - Ahorradores son:

  • Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
  • No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés.
  • Salvo cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del crédito con el cual la adquirió, o cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas.
  • Aportar para la adquisición de la vivienda el ahorro equivalente al 5% del valor de la vivienda, es decir aproximadamente ($2.414.000) dos millones cuatrocientos catorce mil pesos​, suma que podrá acreditarse como requisito para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda. En el evento que en el proyecto existan entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda diferentes a Fonvivienda o a las Cajas de Compensación Familiar, el ahorro del hogar puede disminuir hasta el 2% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente ($965.000) novecientos sesenta y cinco mil pesos.
  • Contar con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la vivienda.
  • No haber sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.
Los beneficios que recibirán los hogares en el marco del programa son:
  • A los hogares que tengan ingresos de hasta 1,6 SMMLV ($1.103.128) el subsidio a asignar es de 30 SMMLV ($20.683.650) y familias con ingresos mayores a 1.6 SMMLV y hasta 2 SMMLV ($1.378.910) el subsidio a asignar es de 25 SMMLV ($17.236.375​).
  • Recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos porcentuales de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.
  • Los beneficios antes señalados deberán apli​carse en la adquisición de las viviendas que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.
  • El valor de cada vivienda no podrá superar los 70 SMMLV ($48.261.850​).
Los beneficiarios pueden escoger libremente el proyecto de su preferencia y deben preparar los siguientes documentos:
  • Un formulario de postulación debidamente diligenciado, en el formato que establezca Fonvivienda, que indique los datos de los miembros que conforman el hogar, con indicación de su información socioeconómica y la identificación del jefe del hogar.
  • La identificación del proyecto de vivienda en donde aplicaría el subsidio familiar de vivienda en caso de ser otorgado en su favor, incluyendo la manifestación que ninguno de sus miembros se ha postulado para ser beneficiario en otro proyecto de vivienda de interés prioritario que haya sido seleccionado en el marco del programa.
  • Registro civil de matrimonio o prueba de la unión marital de hecho.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años y registro civil de nacimiento de los demás miembros del hogar que se postula.
  • Carta de preaprobación de crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda.
  • Autorización del hogar para que en el evento de resultar beneficiario del subsidio, los recursos se giren al oferente en los plazos y condiciones señalados en los términos de referencia de los procesos de selección.
  • En caso de ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, otorgado por una Caja de Compensación Familiar o por Fonvivienda, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013, la autorización para que dicho subsidio sea girado al patrimonio autónomo o al Fovis de la Caja respectiva, según sea el caso.
La anterior documentación deberá ser entregada en la Sala de Ventas del proyecto elegido por el beneficiario y que debe estar registrado en el patrimonio autónomo que han constituido Fonvivienda y las Cajas de Compensación Familiar, encargado de girar los recursos y aprobar el acceso a los beneficios del programa.


El Ministerio ha señalado que "este programa busca promover la adquisición de vivienda para familias de todo el país que tengan ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos mensuales. Estas familias podrán tener casa propia sin comprometer más del 30% de su ingreso en el pago de las cuotas del crédito que se les otorgue para la adquisición de vivienda".

Los interesados pueden conocer más información acerca de este programa en el ABC publicado en la página del Ministerio, o pueden acercarse a nuestra oficina de Inmobiliaria Tu Área en la carrera 3 # 6-58 Local 16.

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